Extractivismo: Honduras: Colegio de abogados enumera ilegalidades de ZEDE

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Tegucigalpa,Honduras. El Colegio de Abogados de Honduras (CAH), realizó un pronunciamiento enumerando las ilegalidades de las Zonas de Empleo y Desarrollo Económico (ZEDE).

El pronunciamiento también señala que el proyecto promovido por los abogados Juan Orlando Hernández y Ebal Díaz, y aprobado por un grupo de diputados del Congreso Nacional, que sostiene al régimen, no es más que una “traición a la patria”.

Entre las ilegalidades de la ley de la Zede se violenta el principio de aplicación territorial de la ley nacional, al violar los artículos 30 y 41 numerales 1 de la carta Magna, la cual permite a nacionales y extranjeros en territorio hondureño, no someterse a las leyes y a la Constitución política.

Vulneran el artículo 7 de la Constitución de la República, que restringe la compraventa de territorios del Estado, ejidales, comunales o de propiedad privada, situados en zonas limítrofes a los Estados vecinos, o en litoral de ambos mares, en una extensión de 40 km hacia el interior del país o extranjeros.

Las ZEDE violentan un tratado internacional vigente con el Reino Unido, firmado en 1859. En virtud de ese tratado el Reino Unido reconoce la soberanía de Honduras sobre Islas de la Bahía y territorio misquito. El artículo 1 establece que sus habitantes no serán molestados en la posesión de cualquier propiedad que en ellas hayan adquirido. Honduras se comprometió a no ceder dichas islas o el derecho de soberanía a nadie.

La creación de tribunales independientes con competencia exclusiva y autónoma, que podrán adoptar sistemas o tradiciones jurídicas de otras partes del mundo, afecta la soberanía. Esto violenta la reserva de la no delegación, contenido en el artículo 206 de la Constitución de la República.

El Congreso Nacional atribuye a un órgano no autorizado para crear, aprobar o improbar leyes. Por tanto, todo ello entra en contradicción con la norma constitucional. Excede competencia puramente legislativa y viola el artículo 2 párrafo primero de la Constitución de la República.

El artículo 40 obliga a CONATEL a ceder el espectro radioeléctrico a las ZEDEs para que otorguen su propia licencia.

Ante el daño que producen al país el Colegio de Abogados advierte a quienes promovieron y aprobaron las Zedes, que apoyar el proyecto de ley es violentar el artículo 2 de la Carta Magna que estable que ‘la suplantación de la soberanía popular y usurpación de los poderes constituidos se tipifican como delitos de traición a la patria.

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