CN: Aprueba los primeros artículos para elegir autoridades

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Tegucigalpa, Honduras. El Congreso Nacional logró aprobar los primero 20 artículos de la ley que permitirá elegir las nuevas autoridades en los órganos electorales del país.

De los 44 artículos que conformaban la ley hasta  ahora se han aprobado los primeros 20 del cual fueron elegidos en dispensas de dos debates para ser discutido de un solo.

La aprobación de los primeros artículos inició tras varios semanas de insurrección del partido Libertad y Refundación (Libre) que ha luchado por siete años para lograr representación en órganos electorales.

ARTÍCULOS Y SUS ALCANCES:

De acuerdo al decreto el CNE estará integrado por tres consejeros propietarios y dos consejeros suplentes.

Los funcionarios de esa institución estatal “Deberán ser electos por el voto afirmativo de los dos tercios de la totalidad de los miembros del Congreso Nacional, por un período de cinco años, pudiendo ser reelectos”.

El CNE tiene como responsabilidad –indica la iniciativa-, emitir los reglamentos necesarios para los procesos electorales, ya sea en sondeos de opinión, así como de los centros de información electoral, y voto en el exterior.
Entre los requisitos para ser consejero del CNE se requiere:

** Ser hondureño por nacimiento
** Ser mayor de 30 años
** Poseer título universitario
** Ser de reconocida idoneidad, y
** Estar en el pleno ejercicio de sus derechos civiles

Asimismo, no podrán ser miembros integrantes del CNE:

** Quienes tengan vínculo de parentesco dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad entre sí;

** Quienes tengan vínculo de parentesco dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad con el Presidente de la República y designados a la Presidencia de la República;

** Quienes al momento de ser electos estén nominados u ostenten cargos de elección popular; y,  Quienes hayan ejercido cargo de elección popular en los dos últimos periodos.

TJE MÁXIMA AUTORIDAD
DE JUSTICIA ELECTORAL
El TJE, es uno de los órganos que se creó a inicios del 2019, por lo que el decreto establece que “Es la máxima autoridad en materia de justicia electoral”.

Como atribución este órgano tendrá que establecer políticas para que la impartición de justicia electoral se realice de conformidad con los principios de efectividad, prontitud, completitud, gratuidad y de forma expedita –agrega el proyecto de ley.

Para ser magistrado del Tribunal de Justicia Electoral, se requiere:

** Ser hondureño por nacimiento;

** Ser ciudadano en el goce y ejercicio de sus derechos;

** Ser abogado con más de diez años de experiencia en el ejercicio profesional;

** Ser mayor de treinta y cinco años, y;

** No incurrir en las mismas inhabilidades que se establecen para ser Magistrado de la Corte Suprema de Justicia.

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